Al parecer se mueven muchas fuerzas oscuras con el ánimo de torpedear liderazgos que se han consolidado en la región y sobre todo en los burgomaestres que poco o mucho han marcado huella en algunos territorios según la opinión ciudadana.
Al parecer el exalcalde de Quimbaya Jaime Andrés Pérez Cotrino y actual secretario del interior de la gobernación del Quindío, no sé libra de maquinarias que buscan a toda costa derrumbar procesos construidos y proyectos de vivienda de interés social que beneficiaron gran parte de los quimbayunos y población migrante.
¿ Quien estará detrás de estos hechos? será posible que personas están buscando hacerle una jugada para eliminarlo de las contiendas sociales del departamento.
La noticia del exalcalde de uno de los municipio más turísticos del departamento generó mucha crítica y debate en el departamento pues por errores administrativos por parte del entonces secretario de planeación, muchos contradictores de diferentes organizaciones han tergiversado la información para buscar un “bullyn” sistemático que beneficie las fuerzas oscuras detrás de todo esto.
La procuraduría regional del Quindío emitió un fallo en segunda instancia el día 9 de febrero de 2021 otorgándole la razón al exmandatario Jaime Andrés Pérez donde resuelve:
PRIMERO: Decretar la NULIDAD de la actuación a partir del auto de citación a audiencia del 31 de julio de 2020 inclusive, proferido por la Procuraduría Provincial de Armenia, de conformidad con el numeral 3 del artículo 143 de la Ley 734 de 2002, según lo analizado en la parte motiva del presente proveído. En consecuencia, rehágase la actuación por parte de la Procuraduría Provincial de Armenia, atendiendo los señalamientos anotados, sin invalidar aquellas pruebas allegadas y practicadas legalmente.
SEGUNDO: Remitir copia de esta decisión a la Viceprocuraduría General de la Nación para lo de su cargo, conforme a lo previsto en el literal c) del numeral 2 de la Directiva 0010 del 23 de mayo de 2005, de la Procuraduría General de la Nación.
TERCERO: Por Secretaría de éste Despacho, notificar la presente providencia, de conformidad con lo dispuesto por el señor Procurador General de la Nación mediante la Resolución No. 216 del 25 de mayo de 2020, advirtiéndoles a los sujetos procesales que contra la misma procede el recurso de reposición, que se deberá interponer y sustentar por escrito dentro de los tres días siguientes a la última notificación.
Al parecer en los diferentes comentarios por las redes sociales se generan muchos interrogantes de los autores intelectuales que buscan eliminar a “LUKAS” de las contiendas políticas y las labores sociales que viene ejecutando en el departamento.
Escrito Por: Yoanzasa
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